TELETRABAJO: UN NUEVO ESTILO DE VIDA EN EL MUNDO LABORAL
Adoptar el Teletrabajo como nuevo un nuevo estilo de vida en el mundo laboral te hace más responsable a la hora de cumplir con tus funciones.
TABLA DE CONTENIDO
1
Empieza a ser un teletrabajador
2
Ley en Colombia que establece el
teletrabajo
3
¿Qué es el Teletrabajo?
4
Modalidades del Teletrabajo
4.1
Teletrabajo autónomo
4.2
Teletrabajo suplementario
4.3
Teletrabajo móvil
5
Diferencias entre el Teletrabajo y
Teletrabajador
5.1
Teletrabajo
5.2
Teletrabajador
6
Aportes de seguridad laboral
EMPIEZA A SER UN
TELETRABAJADOR
Si estás en una oficina debes manejar tu
propio espacio de trabajo, es por eso que las tecnologías de comunicación, han
avanzado tanto para que, desde ya, empieces a ser un teletrabajador.
Los avances de los sistemas de información y comunicación cada día son mejores, de una manera que, con el tiempo no es necesario que el empleador contrate a un profesional para que asista a una empresa y cumpla un horario de ocho horas, es por eso que existen diversos softwares, que permiten realizar una teleconferencia.
Actualmente el mundo laboral innova en la adopción de herramientas que faciliten el teletrabajo, con el fin de darle mejores beneficios a los empleados que requieran este tipo de vinculación laboral.
El teletrabajo es aceptado en Colombia y respaldado por la Ley 1221 de 2008, es por eso que en el Decreto 1072 de 2015 en el capítulo 6 explica la diferencia entre teletrabajo y teletrabajador.
El objeto y ámbito de aplicación para el teletrabajo rigen las mismas relaciones entre empleadores y teletrabajador, los teletrabajos pueden desarrollar sus actividades en el sector público y privado
LEY EN COLOMBIA
QUE ESTABLECE EL TELETRABAJO
En Colombia existe una Ley 1221 de 2008,
que además es decreto 0884 de 2012, donde el teletrabajo es una forma de
organización laboral que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o
en prestación de servicios.
Ya sea en el sector público y privado, donde se prestan servicios a terceros utilizando las herramientas de tecnologías de información y comunicación para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerir de la presencia física del empleado en el sitio específico de trabajo cumpliendo sus ocho horas diarias.
¿QUÉ ES EL
TELETRABAJO?
El Teletrabajo es una forma de
organización laboral, que se efectúa en el marco de un contrato de trabajo o de
una relación laboral dependiente, que consiste en el desempeño de actividades
remuneradas utilizando como soporte las tecnologías de la información y la
comunicación (TIC) para el contacto entre el trabajador y empleador sin
requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de
trabajo.
MODALIDADES DEL
TELETRABAJO
Son aquellos trabajadores independientes
que hacen uso de las tecnologías de información y comunicación, para ejecutar
sus tareas desde cualquier lugar previamente elegido por él.
TELETRABAJO SUPLEMENTARIO
Es la modalidad de teletrabajo con
contrato laboral, en la que el trabajador alterna sus tareas en distintos días
de la semana entre la empresa y un lugar fuera de ella, usando las tecnologías
de información para cumplir con sus compromisos laborales.
Son aquellos trabajadores que utilizan
dispositivos móviles, para llevar a cabo sus actividades laborales. El
empleador les permite ausentarse con frecuencia de la oficina, no tienen un
lugar definido para realizar sus labores.
DIFERENCIAS ENTRE
EL TELETRABAJO Y TELETRABAJADOR
TELETRABAJADOR
Es la persona que, en el marco de la
relación laboral dependiente, utiliza las tecnologías de la información y
comunicación como medio para realizar su actividad laboral fuera de las
instalaciones de la empresa, en cualquiera de las formas definidas por la ley.
APORTES DE
SEGURIDAD LABORAL
El Decreto 1072 de 2015 en el capítulo 6
contempla los aportes de seguridad social que debe tener un teletrabajador al momento de ser contratado por el empleador.
Por último, los teletrabajadores deben estar afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral y el pago de los aportes se debe efectuar a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
A su vez, los teletrabajadores en relación de dependencia, durante la vigencia de la relación laboral, deben ser afiliados por parte del empleador al sistema de seguridad social, salud, pensiones y riesgos laborales, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley 100 de 1993 y las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan o las disposiciones que regulen los regímenes especiales, así como a las Cajas de Compensación Familiar en los términos y condiciones de la normatividad que regula dicha materia.
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